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CONTRATO DE FOMENTO EN LA CONTRATACION INDEFINIDA

Se podrá realizar con los siguientes colectivos de desempleados inscritos en la Oficina de Empleo:
• Jóvenes de 16 a 30 años inclusive.
• Mujeres que se contraten para profesiones u oficios con menor índice empleo femenino.
• Mayores de 45 años.
• Personas con discapacidad.
• Parados que lleven inscritos 3 meses ininterrumpidamente en la Oficina de Empleo.
• Trabajadores que en los 2 años

anteriores a la celebración del contrato, hubieran estado contratados solo con contratos temporales.
• Trabajadores que en los 2 años anteriores a la celebración del contrato, se les hubiera extinguido un contrato indefinido en una empresa diferente.
También se podrán acoger las transformaciones de contratos temporales en Indefinidos de contratos formalizados con anterioridad a 18 de Junio de 2.010 y se les transforme antes del 31 de Diciembre de 2.010.
A su vez podrán acogerse las transformaciones de contratos temporales en Indefinidos de contratos formalizados con posterioridad a 18 de Junio de 2.010 y se transformen antes de 31 de Diciembre de 2.011, siempre que la duración de los contratos temporales no haya excedido de 6 meses.

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Subsidio por desempleo 2009: caracteristicas y requisitos.

BENEFICARIOS * Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días. * Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y tengan responsabilidades familiares. y además, * Que no tenga ingresos superiores a 450€ mes. * Que se inscriba como demandante de empleo y suscriba el compromiso de actividad ¿ Que es responsabilidad familiar ? * Si el conyuge o algun hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, ésta a su disposición y no tiene ingresos superiores a 450€ cada mes. * Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familirar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 450€. DURACIÓN DIAS COTIZADOS DURACIÓN DEL SUBSIDIO -entre 90 y 119 días 3 meses -entre 120 y 149 días 4 meses -entre 150...

El TS declara la compatibilidad de la excendencia de cuidado de hijo y el trabajo por cuenta propia

                                             www.juristasasociados.com   El TS declara la compatibilidad con la excedencia para el cuidado de hijo anterior –situación asimilada al alta- y el desarrollo de un trabajo por   CUENTA   propia durante ésta. No existe fundamento legal ni jurisprudencial que lleve a la conclusión de que se trate de un privilegio la cotización efectiva y la asimilación al alta durante estas excedencias y, por tanto, determinar que cambian de naturaleza cuando se lleva a cabo un trabajo por cuenta propia, transformándose en excedencia forzosa. El único límite es que la actividad llevada a cabo impidiese el cuidado del menor, pues no existe referencia alguna a que deba existir una dedicación exclusiva a los hijos.