Ir al contenido principal

ABOGADO LABORAL



 
Reclamacion de cantidad




Despidos

disciplinarios

 y   objetivos





Sanciones laborales





Declarativas de derecho




Guardas Legales y reducciones de jornada




Modificaciones de contratos




Regulaciones de empleo




Concursos de aceedores






SEGURIDAD SOCIAL


Jubilaciones


Incapacidades totales

y absolutas



Pensiones



Impugnaciones alta medica



cambios de contingencias


accidentes de trabajo 


 prevencion de riesgos laborales





Comentarios

  1. TENGO CONTRATO DE GUARDA LEGAL Y VAN A CERRAR LA TIENDA DONDE TRABAJO.EL EMPRESARIO JUSTIFICA EL CIERRE POR FALTA DE BENEFICIOS. NO TIENE MAS TIENDAS. ¿ QUE TIPO DE INDEMNIZACION ME CORRESPONDERIA?

    ResponderEliminar
  2. Buenos Dias,

    La indemnización que le correspondería por el cierre de la empresa siempre que sea por causas económicas será de 20 días por año de servicio con el limite de una anualidad de salario.

    En el caso de que el cierre de la tienda se deba a causas a ajenas a circunstancias economicas, productivas, tecnicas, organizativas, jubiliación u otra causa especifica, la indemnización será de 33 días por año de servicio.

    ResponderEliminar
  3. Hola,llevo 25 meses consecutivos trabajando en el ayuntamiento de mi pueblo con contarato temporal y siendo porrogado de 3 en 3 meses,ahora quieren despedirme y hacerme otro contrato tambien temporal,no me pertenece un contrato indefinido por haber superado los 24 meses consecutivos? gracias.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Por favor no olvides indicar tu
NOMBRE
TITULO DE LA CONSULTA


para poder identificarte a la hora de responder y ayudar a los demas en casos similares. Gracias POR TU COLABORACIÓN.

P.D. NO SE RESPONDERAN CONSULTAS SIN LOS REQUISITOS ANTERIORES

Entradas populares de este blog

Aprobado el Proyecto de Ley de concesión de la nacionalidad española a sefardíes

Se fijan criterios objetivos para la concesión de la nacionalidad a los que acrediten la condición de sefardí y se reforma el artículo 23 del Código Civil para permitir la doble nacionalidad, al poder mantener la del país de origen.

Subsidio por desempleo 2009: caracteristicas y requisitos.

BENEFICARIOS * Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días. * Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y tengan responsabilidades familiares. y además, * Que no tenga ingresos superiores a 450€ mes. * Que se inscriba como demandante de empleo y suscriba el compromiso de actividad ¿ Que es responsabilidad familiar ? * Si el conyuge o algun hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, ésta a su disposición y no tiene ingresos superiores a 450€ cada mes. * Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familirar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 450€. DURACIÓN DIAS COTIZADOS DURACIÓN DEL SUBSIDIO -entre 90 y 119 días 3 meses -entre 120 y 149 días 4 meses -entre 150...

El TS declara la compatibilidad de la excendencia de cuidado de hijo y el trabajo por cuenta propia

                                             www.juristasasociados.com   El TS declara la compatibilidad con la excedencia para el cuidado de hijo anterior –situación asimilada al alta- y el desarrollo de un trabajo por   CUENTA   propia durante ésta. No existe fundamento legal ni jurisprudencial que lleve a la conclusión de que se trate de un privilegio la cotización efectiva y la asimilación al alta durante estas excedencias y, por tanto, determinar que cambian de naturaleza cuando se lleva a cabo un trabajo por cuenta propia, transformándose en excedencia forzosa. El único límite es que la actividad llevada a cabo impidiese el cuidado del menor, pues no existe referencia alguna a que deba existir una dedicación exclusiva a los hijos.