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Una nueva sentencia declara vigente un convenio que se dejó de aplicar por el fin de la ultraactividad

La Audiencia Nacional ha dado la razón a UGT y CC.OO. y ha declarado el mantenimiento de la vigencia del convenio colectivo nacional de los servicios de prevención ajenos en la empresa Umivale Prevención, que dejó de aplicarlo tras considerar que su contenido decaía por la limitación a un año de la 'ultraactividad' (prórroga automática de un convenio en ausencia de otro) establecida en la reforma laboral.

Según ha informado la Federación de Servicios de UGT (FeS-UGT), el convenio sectorial de los servicios de prevención ajenos, que afecta a unos 20.000 trabajadores, establecía que el convenio mantendría su vigencia en tanto no se lograra un acuerdo entre las partes para sustituirlo.

El fallo de la Audiencia Nacional, que surge a partir del conflicto colectivo que habían promovido UGT y CC.OO. contra Umivale, establece que el consentimiento que daban las partes a mantener la vigencia del convenio hasta su sustitución "no queda invalidado" por un cambio en el régimen que, tanto antes como ahora, opera sólo por defecto.

"La posibilidad de limitar la ultraactividad a un año siempre ha estado disponible para las partes y escogieron no establecerla, por lo que mal puede decirse que no era su voluntad desplazar el régimen anual que el legislador propone ahora de modo subsidiario", alega la Audiencia.

De esta forma, declara que el convenio del sector debe mantener su vigencia en la mutua de accidentes Umivale hasta que no se pacte uno nuevo, decisión que la Federación de Servicios de UGT confía en que se convierta en un referente para todo el sector, que anime a las patronales ASPA, Anepa y Asprem a retomar la negociación de un convenio que tienen "bloqueado".

"La única pretensión sindical desde el inicio de las negociaciones es poder alcanzar un acuerdo que dote al sector de la prevención de un convenio sectorial que lo regule, como así ha venido sucediendo durante los últimos cuatro años", asegura el sindicato, que pide a las patronales "voluntad" y que desaparezcan las "líneas rojas" que ha planteado en el proceso de negociación.

Con esta sentencia se continua un criterio jurisprudencial abierto anteriormente por otros tribunales, sobre esta misma materia(EUROPA PRESS)


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