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El Parlamento Europeo aumenta la protección de los trabajadores desplazados dentro de la Unión.

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El Parlamento Europeo ha aprobado una propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo  con el objetivo de suprimir los obstáculos que todavía dificultan la libre prestación de servicios, al tiempo que aumenta la seguridad jurídica y ayuda a prevenir abusos. Para ello se modifica la Directiva 96/71/CE, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios.

Por medio de esta nueva norma, los trabajadores desplazados temporalmente a otro país de la UE para prestar servicios estarán mejor protegidos y las empresas se beneficiarán de un marco jurídico más claro, según la nota de prensa emitida por la Eurocámara. Los negociadores del Parlamento han clarificado las normas para que las autoridades nacionales puedan identificar más fácilmente los abusos y tengan más flexibilidad para realizar inspecciones.

Desplazamientos y prevención de abusos

Para determinar si una empresa suministra servicios en el extranjero, las autoridades nacionales podrán comprobar el lugar en el que ésta se ha registrado, paga impuestos y contribuciones a la seguridad social, contrata a trabajadores desplazados y desarrolla su actividad empresarial, así como el número de contratos de suministro de servicios.

Además, con el fin de evaluar si un trabajador está realmente desplazado, los Estados miembros comprobarán cuánto dura la prestación del servicio y la fecha en la que empieza el desplazamiento. Según el texto aprobado, la falta de un certificado "A1" de seguridad social podrá indicar que el desplazamiento no es lícito.

Los Estados miembros que crean que un trabajador es un falso autónomo podrán comprobar si el trabajo fue realizado y verificar la situación laboral del empleado, así como el vínculo con el empresario y la remuneración.

Mayor flexibilidad para las inspecciones

La nueva norma incluye una lista de medidas nacionales de supervisión, a las que los Estados miembros podrán añadir más. Los Estados miembros tendrán que comunicar sus métodos de control alternativos a la Comisión Europea, pero esto no constituirá un requisito de autorización previa, lo cual les permitirá disfrutar de un mayor grado de flexibilidad.

Subcontratación

En los casos de subcontratación en el sector de la construcción, tanto el contratista principal como los subcontratistas serán responsables en caso de impago a los trabajadores desplazados o cuando no se respeten sus derechos.

Plazo para la adaptación de la legislación interna

Los Estados miembros tendrán dos años para adaptar sus legislaciones nacionales a la nueva directiva. La Comisión Europea preparará un informe sobre la aplicación de la directiva y, en caso de que sea necesario, presentará una nueva propuesta en un plazo de tres años.

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