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Se reconoce el permiso de lactancia a un profesor cuya esposa está en paro

El recurrente es un profesor de Tecnología del IES León Felipe de Benavente, que pidió el permiso de lactancia y que la Dirección Provincial de Educación de Zamora rechazó el 3 de mayo de 2013 con el argumento de que la madre no trabajaba.
Sin embargo, el fallo de la magistrada, dictado
el pasado 30 de abril, contempla el permiso de lactancia como un derecho del padre, independientemente de que la madre esté o no trabajando.
La resolución, en su argumentación, separa la lactancia del acto biológico de dar el pecho, dado que existe tecnología que lo permite, entendiendo la lactancia como un tiempo de cuidado del hijo, y una medida conciliadora de la vida familiar y laboral, independientemente del género del progenitor.
La denegación de este permiso de lactancia evidencia dos discriminaciones, según la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F): una es que el padre no recibe el mismo trato, en cuanto a los derechos y deberes del cuidado de los hijos, y la segunda discriminación es que se veta, a la madre, la igualdad de trato en el acceso y promoción laboral y académica.
Éste es el primer fallo favorable en Castilla y León que reconoce el derecho de la lactancia a un padre cuando la madre no trabaja. No obstante, CSI-F recuerda que otros tribunales españoles y de la Unión Europea ya han sentenciado a favor en este tipo de situaciones.
Se trata de resoluciones en las que prevalecen las directrices europeas sobre la igualdad entre los hombres y las mujeres; y por las que hay que interpretar y considerar el permiso de lactancia como un derecho del padre, independientemente de que la madre esté o no trabajando, remarca CSI-F, y a pesar de que la norma laboral española actual condicione el disfrute del permiso de lactancia a que los dos progenitores trabajen.
La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Zamora, que también
alude a la normativa europea para justificar su fallo, «insta a erradicar de nuestro ordenamiento normas o interpretaciones de las normas que puedan suponer la consolidación de una división sexista de papeles en las responsabilidades familiares, de acuerdo con el art. 14 de la Constitución Española».
De todos modos, aún cabe recurso de la Junta de Castilla y León ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Valladolid. No obstante, el sindicato, que ha presentado el recurso contencioso-administrativo, espera que «la administración decida no presentar el recurso ante el TSJ y reconozca finalmente este derecho sin ambigüedades para todos los trabajadores».
Deberá ser indemnizado
Aunque la sentencia ya no llega a tiempo "para que el profesor y su familia la puedan disfrutar", CSI-F confía en que «sí puedan beneficiarse los futuros padres de Castilla y León». Por ello, la juez solicita una indemnización económica para el recurrente, por las horas que no ha disfrutado, tras la denegación del permiso.
Este fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Zamora es consecuencia del recurso contencioso-administrativo presentado contra la resolución desestimatoria (por silencio administrativo) del recurso de reposición interpuesto por el profesor afectado contra la decisión tomada por la Dirección Provincial de Educación de Zamora el pasado 3 de mayo de 2013, que denegó el permiso de lactancia al profesor y padre del bebé porque la madre estaba sin trabajo.

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