Los partes de baja y de confirmación de baja se extenderán en función del periodo de duración que estime el médico que los emite. La Seguridad Social pondrá a disposición de los médicos una guía con tablas de duración óptima y de grado de incidencia de las distintas patologías susceptibles de generar incapacidades temporales. El trabajador tiene 3 días para entregar los partes de baja y confirmación a la empresa. Si durante el período de baja médica se produjese la finalización del contrato de trabajo, el trabajador vendrá obligado a presentar dicha baja o parte ante la entidad gestora o mutua, en el mismo plazo de 3 días. En el caso de altas médicas, el plazo que tendrá el trabajador para entregar dicha alta a la empresa o entidad gestora, según sea el caso, será de únicamente 24 horas desde la fecha de emisión.
Es doctrina unificada del T.S., SALA CUARTA DE LO SOCIAL (STS de 18-7-97, 7-4-98, 8-4-98, 11-5-99) que el proceso especial regulado en el art. 138 LPL "tiene como presupuesto la existencia real de modificaciones sustanciales de trabajo tal y como se conciben en el artículo 41 del ET ". De modo que cuando no se cumplen por el empleador las exigencias formales del precepto: apertura del periodo de consultas, acuerdo a favor de la mayoría de los representantes de los trabajadores y notificación a éstos de la medida aprobada con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad, en el caso de las modificaciones colectivas, o notificación de la medida a los trabajadores y sus representantes legales en el plazo citado cuando se trata de modificaciones individuales, "no puede entenderse que la medida se ajusta a lo establecido en el art. 41 del ET , siendo entonces el proceso ordinario el adecuado para reclamar frente a la medida y no el especial...
Comentarios
Publicar un comentario
Por favor no olvides indicar tu
NOMBRE
TITULO DE LA CONSULTA
para poder identificarte a la hora de responder y ayudar a los demas en casos similares. Gracias POR TU COLABORACIÓN.
P.D. NO SE RESPONDERAN CONSULTAS SIN LOS REQUISITOS ANTERIORES