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Se reconoce el permiso de lactancia a un trabajador, aunque su mujer esté en paro (Abogado laboralista)



El Juzgado número 1 de lo Social de Huelva ha reconocido el derecho al permiso de lactancia a cualquiera de los progenitores, también a los hombres, cuando uno de ellos no esté trabajando, durante los nueve primeros meses del bebé.


La sentencia tiene origen en una denuncia interpuesta por la Federación  de la Industria y los Trabajadores Agrarios (Fitag-UGT) frente al artículo 59 del convenio colectivo de Cepsa, que señala que los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo por lactancia durante los primeros nueve meses, y que especifica que este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre, en el caso de que ambos trabajen.


La sentencia, emitida el pasado 27 de octubre, reconoce que el permiso de lactancia es una derecho individual, por lo que en la práctica, tiene que ser indiferente que uno de los dos progenitores no trabaje, y que no tendría sentido que el trabajador quedase privado de la posibilidad de disfrutar del derecho como consecuencia de que su pareja no desarrollase una actividad por cuenta ajena.


En definitiva, el juzgado ve indiferente que la madre o el padre no trabaje, y sólo establece como límite que el permiso no lo disfruten los dos progenitores al mismo tiempo, sino sólo uno de ellos. (EUROPA PRESS)

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