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BECAS Y PARO

                                                     www.juristasaociados,com

Las prestaciones por desempleo son compatibles con:


  • Con el trabajo a tiempo parcial, aún tratándose de un contrato indefinido a los emprendedores a tiempo parcial. En ese caso se deduce del importe d ella prestación la parte proporcional al tiempo que se ha trabajado.
  • Las pensiones de jubilación parcial o las pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social que hayan sido compatibles con el trabajo que originó dicha prestación.
  • Con las pensiones que son reconocidas y abandonadas por otro país.
  • Con los trabajos de colaboración social.
  • Con los contratos de trabajo que se hagan dentro del programa de sustitución de trabajadores en formación.
  • Con las indemnizaciones que se procedan debido a la extinción del contrato de trabajo.
  • Con las becas y las ayudas públicas para suplir los gastos de transporte, alojamiento y de la manutención que se obtenga a causa de la formación ocupacional dentro del plan Nacional de Formación e Insercción Profesional u otras subvenciones que se produzcan con fondos del SEPE.
  • Con las prestaciones por hijo a cargo que provengan de la Seguridad Social.
  • Con el ejercicio retribuido de los cargos públicos o de los sindicatos que supongan una dedicación a tiempo parcial.

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El TS declara la compatibilidad de la excendencia de cuidado de hijo y el trabajo por cuenta propia

                                             www.juristasasociados.com   El TS declara la compatibilidad con la excedencia para el cuidado de hijo anterior –situación asimilada al alta- y el desarrollo de un trabajo por   CUENTA   propia durante ésta. No existe fundamento legal ni jurisprudencial que lleve a la conclusión de que se trate de un privilegio la cotización efectiva y la asimilación al alta durante estas excedencias y, por tanto, determinar que cambian de naturaleza cuando se lleva a cabo un trabajo por cuenta propia, transformándose en excedencia forzosa. El único límite es que la actividad llevada a cabo impidiese el cuidado del menor, pues no existe referencia alguna a que deba existir una dedicación exclusiva a los hijos.

Subsidio por desempleo 2009: caracteristicas y requisitos.

BENEFICARIOS * Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días. * Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y tengan responsabilidades familiares. y además, * Que no tenga ingresos superiores a 450€ mes. * Que se inscriba como demandante de empleo y suscriba el compromiso de actividad ¿ Que es responsabilidad familiar ? * Si el conyuge o algun hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, ésta a su disposición y no tiene ingresos superiores a 450€ cada mes. * Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familirar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 450€. DURACIÓN DIAS COTIZADOS DURACIÓN DEL SUBSIDIO -entre 90 y 119 días 3 meses -entre 120 y 149 días 4 meses -entre 150...